La disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales puede ser propuesta, según la Constitución Española, por:

  1. El Presidente del Gobierno, bajo su exclusiva responsabilidad.Respuesta correcta
  2. BEl Consejo de Ministros, por mayoría de sus miembros.
  3. CEl Presidente del Congreso, previa consulta a los Grupos.
  4. DEl Rey, previa consulta con los Presidentes de las Cámaras.

Explicación

El artículo 115.1 dispone que el Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución, que será decretada por el Rey.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 115.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título V - De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 115 de Constitución Española. Es la pregunta 28 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «El Presidente del Gobierno, bajo su exclusiva responsabilidad.».

Artículo o apartado
Artículo 115 - Propuesta de disolución
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 28 de 40
Última revisión

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