La concesión de la excedencia voluntaria por interés particular, según el artículo 89.2 del TREBEP:

  1. AEs un derecho del funcionario que no puede denegarse en ningún caso.
  2. BRequiere informe favorable de la Junta de Personal correspondiente.
  3. CSolo puede concederse por periodos mínimos de cinco años.
  4. Queda subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 89.2 dispone que «la concesión de excedencia voluntaria por interés particular quedará subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 89.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título VI - Situaciones administrativas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 89 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 23 de 43 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «Queda subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 89 - Excedencia
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 23 de 43
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