En relación con las tasas y precios públicos por el acceso, la Ley 1/2014 dispone que la imposibilidad o incapacidad de hacerles frente:
- ASerá causa de inadmisión salvo que la persona acredite un interés legítimo.
- BPermitirá el acceso parcial a la información solicitada.
- En ningún caso podrá ser causa para negar el acceso pleno a la información solicitada.Respuesta correcta
- DDará lugar a la suspensión del plazo de resolución hasta el pago.
Explicación
El artículo 34.3 dispone que en ningún caso la imposibilidad o incapacidad de hacer frente a las tasas o precios públicos establecidos podrá ser causa para negar el acceso pleno a una información pública solicitada.
Referencia: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, art. 34.3.
¿Crees que la respuesta correcta es otra?
Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Transparencia», dentro del tema «Título III - El derecho de acceso a la información pública». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 34 de Ley 1/2014. Es la pregunta 26 de 26 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «En ningún caso podrá ser causa para negar el acceso pleno a la información solicitada.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Transparencia
- Artículo o apartado
- Artículo 34 - Tasas y precios públicos
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 26 de 26
- Última revisión
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas de este tema
- El derecho de acceso a la información pública se reconoce en la Ley 1/2014 en los términos previstos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, artículos:
- Según la Ley 1/2014, el derecho de acceso a la información pública sólo podrá ser restringido o denegado:
- Las limitaciones al derecho de acceso, según el artículo 25.2 de la Ley 1/2014, sólo serán de aplicación:
- La aplicación de los límites al derecho de acceso atenderá, según la Ley 1/2014, a las circunstancias del caso concreto y especialmente a:
- ¿Qué establece la Ley 1/2014 sobre las resoluciones que restrinjan o denieguen el derecho de acceso?
- Cuando la mera indicación de la existencia o no de la información supusiera vulnerar alguno de los límites al acceso, la Ley 1/2014 dispone que:
- Si a la información solicitada le resulta de aplicación alguno de los límites del artículo 25 de la Ley 1/2014, se otorgará:
- Será competente para resolver el procedimiento de acceso a la información pública, según la Ley 1/2014: