Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario

En relación con el informe periódico previsto en el artículo 64 de la Ley 12/2007, el artículo 3.d) del Decreto 437/2008 dispone que:

  1. ALa Comisión lo aprueba y lo remite directamente al Parlamento de Andalucía para su debate en Pleno.
  2. La Comisión lo analiza y debate, y todos los órganos de la Junta colaboran facilitándole la información necesaria.Respuesta correcta
  3. CLa Comisión lo elabora en exclusiva con la información que le remita el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
  4. DLa Comisión emite un dictamen vinculante sobre él antes de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta.

Explicación

El artículo 3.d) encomienda a la Comisión «analizar y debatir el informe periódico, previsto en el artículo 64 de la Ley 12/2007», y añade que «todos los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía colaborarán con la Comisión facilitándole la información necesaria». La aprobación y la remisión al Parlamento corresponden al Consejo de Gobierno, según el Decreto 440/2010.

Referencia: Decreto 437/2008, de 2 de septiembre, art. 3.

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