Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
¿De qué actuaciones hace el seguimiento la Comisión Interdepartamental según el artículo 3.e) del Decreto 437/2008?
- De las Unidades de Igualdad de Género constituidas en cada Consejería conforme al artículo 60 de la Ley 12/2007.Respuesta correcta
- BDe los Ayuntamientos y Diputaciones en la elaboración de sus planes locales de igualdad de mujeres y hombres.
- CDe las organizaciones de mujeres inscritas en el Censo de Entidades Colaboradoras con el Instituto Andaluz de la Mujer.
- DDel Observatorio Andaluz de la Violencia de Género en la elaboración de su memoria anual de actividades.
Explicación
El artículo 3.e) atribuye a la Comisión «hacer el seguimiento de las actuaciones de las Unidades de Igualdad de Género constituidas en cada Consejería de conformidad con el artículo 60 de la Ley 12/2007». Es coherente con su carácter interdepartamental: su ámbito son los órganos de la propia Junta, no las Entidades Locales ni las asociaciones.
Referencia: Decreto 437/2008, de 2 de septiembre, art. 3.
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