Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿De qué actuaciones hace el seguimiento la Comisión Interdepartamental según el artículo 3.e) del Decreto 437/2008?

  1. De las Unidades de Igualdad de Género constituidas en cada Consejería conforme al artículo 60 de la Ley 12/2007.Respuesta correcta
  2. BDe los Ayuntamientos y Diputaciones en la elaboración de sus planes locales de igualdad de mujeres y hombres.
  3. CDe las organizaciones de mujeres inscritas en el Censo de Entidades Colaboradoras con el Instituto Andaluz de la Mujer.
  4. DDel Observatorio Andaluz de la Violencia de Género en la elaboración de su memoria anual de actividades.

Explicación

El artículo 3.e) atribuye a la Comisión «hacer el seguimiento de las actuaciones de las Unidades de Igualdad de Género constituidas en cada Consejería de conformidad con el artículo 60 de la Ley 12/2007». Es coherente con su carácter interdepartamental: su ámbito son los órganos de la propia Junta, no las Entidades Locales ni las asociaciones.

Referencia: Decreto 437/2008, de 2 de septiembre, art. 3.

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