Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

¿En qué términos reconoce el artículo 53.1.g) el derecho de los interesados a actuar asistidos de asesor?

  1. Cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.Respuesta correcta
  2. BCuando el procedimiento sea de naturaleza sancionadora.
  3. CCuando lo autorice el órgano instructor por la complejidad del asunto.
  4. DCuando el asesor sea letrado colegiado y actúe como representante.

Explicación

El artículo 53.1.g) reconoce el derecho «a actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses». No se limita a los procedimientos sancionadores, no requiere autorización y no exige que el asesor sea letrado ni representante.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 53.

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