¿En qué plazo prescriben las infracciones en materia de subvenciones, según el artículo 65.1 de la Ley 38/2003?

  1. AEn tres años desde el día en que se cometieron.
  2. En cuatro años desde el día en que se cometieron.Respuesta correcta
  3. CEn cinco años desde el día en que se descubrieron.
  4. DEn cuatro años desde el día en que se descubrieron.

Explicación

El artículo 65.1 dispone que «las infracciones prescribirán en el plazo de cuatro años a contar desde el día en que la infracción se hubiera cometido».

Referencia: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 65.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Subvenciones», dentro del tema «Título IV - Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones / Capítulo II - De las sanciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 65 de Ley 38/2003. Es la pregunta 17 de 26 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «En cuatro años desde el día en que se cometieron.».

Materia
Subvenciones
Artículo o apartado
Artículo 65 - Prescripción de infracciones y sanciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 26
Última revisión

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