¿En qué plazo debe tratar la Comisión del Convenio el conflicto colectivo presentado según el artículo 66.1?
- AQuince días desde su entrada en el Registro.
- Un mes desde su entrada en el Registro.Respuesta correcta
- CDos meses desde su entrada en el Registro.
- DDiez días desde su entrada en el Registro.
Explicación
El artículo 66.1 dispone que el conflicto «deberá tratarse en la Comisión del Convenio en el plazo de un mes desde la entrada en el Registro».
Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 66.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo XX - Mediación en conflictos colectivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 66.1. Es la pregunta 2 de 4 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Un mes desde su entrada en el Registro.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 66 - Mediación, arbitraje y conciliación
- Normativa
- VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 4
- Última revisión
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