¿En qué momentos procede formular propuesta de candidato a la Presidencia del Gobierno conforme a la Constitución?

  1. AAl inicio de cada legislatura del Senado y tras cada moción de censura fallida.
  2. Después de cada renovación del Congreso y en los demás supuestos constitucionales.Respuesta correcta
  3. CCada cuatro años, coincidiendo con la renovación de las Asambleas autonómicas.
  4. DTras la dimisión del Presidente del Gobierno, sin otros supuestos.

Explicación

El artículo 99.1 dispone que el Rey propondrá candidato después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 99.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título IV - Del Gobierno y de la Administración». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 99 de Constitución Española. Es la pregunta 20 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Después de cada renovación del Congreso y en los demás supuestos constitucionales.».

Artículo o apartado
Artículo 99 - Supuestos de propuesta de candidato
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 20 de 40
Última revisión

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