Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

En los casos en que proceda la comparecencia, la citación deberá hacer constar expresamente, según el artículo 19.2:

  1. AEl lugar y la fecha de la comparecencia, sin que sea preciso indicar su objeto ni sus efectos.
  2. BLa identidad del funcionario ante el que se comparece y la norma sancionadora aplicable al caso.
  3. El lugar, fecha, hora, medios disponibles y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla.Respuesta correcta
  4. DEl lugar, fecha y hora, y la advertencia de que no comparecer equivale a desistir de la solicitud.

Explicación

El artículo 19.2 exige que la citación haga constar «el lugar, fecha, hora, los medios disponibles y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla». No basta con el lugar y la fecha, no se exige identificar al funcionario, y la Ley no establece que la incomparecencia equivalga en general a desistimiento.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 19.2.

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