En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de:

  1. ADiputaciones insulares.
  2. Cabildos o Consejos.Respuesta correcta
  3. CMancomunidades interinsulares.
  4. DComarcas insulares.

Explicación

El artículo 141.4 dispone que en los archipiélagos las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 141.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título VIII - De la Organización Territorial del Estado». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 141 de Constitución Española. Es la pregunta 17 de 80 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Cabildos o Consejos.».

Artículo o apartado
Artículo 141 - Administración insular
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 80
Última revisión

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