En el diálogo competitivo, ¿qué puede proponer la mesa al órgano de contratación según el artículo 9.e) del Decreto 39/2011?

  1. AQue se adjudique el contrato a todos los participantes en el diálogo.
  2. BQue se convierta el procedimiento en abierto con publicidad.
  3. Que se declare el fin del diálogo una vez determinada la solución o soluciones.Respuesta correcta
  4. DQue se excluya del diálogo a quien no haya presentado garantía.

Explicación

El artículo 9.e) del Decreto 39/2011 atribuye a la mesa proponer que se declare el fin del diálogo una vez determinada la solución o soluciones, salvo que tuviera delegada la facultad de declararlo por sí misma.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 9.e.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo II - Organización». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 9 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 36 de 38 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Que se declare el fin del diálogo una vez determinada la solución o soluciones.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 9 - Funciones de la Mesa de contratación en los procedimientos de diálogo competitivo
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 36 de 38
Última revisión

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