El personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007 desempeñaba funciones de personal funcionario, según la disposición transitoria segunda del TREBEP:

  1. Podrá seguir desempeñándolas.Respuesta correcta
  2. BDeberá cesar en ellas en un año.
  3. CPasará a ser funcionario interino.
  4. DQuedará en excedencia forzosa.

Explicación

La disposición transitoria segunda dispone que dicho personal «podrá seguir desempeñándolos».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, disposición transitoria segunda.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Disposiciones transitorias». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 2 de 33 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Podrá seguir desempeñándolas.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Disposición transitoria segunda - Personal laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 33
Última revisión

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