El período mínimo de cotización para la prestación por desempleo ha de estar cubierto, según el artículo 266.b) de la LGSS, dentro de:

  1. ALos cuatro años anteriores a la situación legal de desempleo.
  2. BLos diez años anteriores a la situación legal de desempleo.
  3. Los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.Respuesta correcta
  4. DLos dos años anteriores a la situación legal de desempleo.

Explicación

El artículo 266.b) exige el período mínimo del artículo 269.1 dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 266.b.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título III - Protección por desempleo / Capítulo II - Nivel contributivo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 266 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 1 de 7 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 266 - Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 7
Última revisión

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