ConstituciónDificultad: BásicaTemario
El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen se garantiza, en la Constitución:
- AEn su artículo 27.
- En su artículo 18.Respuesta correcta
- CEn su artículo 21.
- DEn su artículo 16.
Explicación
El artículo 18.1 de la Constitución Española establece literalmente que se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se trata de uno de los derechos fundamentales recogidos en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título I de la Constitución.
Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 18.1.
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