Según el artículo 18.2 de la Constitución Española el domicilio es inviolable, ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial:

  1. APor motivos de seguridad pública.
  2. BSalvo delitos cometidos en vivienda distinta de la habitual.
  3. CNunca.
  4. Salvo en caso de flagrante delito.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 18.2 de la Constitución Española establece que el domicilio es inviolable y que ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 18.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título I - De los derechos y deberes fundamentales». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 18.2 de Constitución Española. Procede de un examen oficial (OEP 2022). Es la pregunta 1 de 173 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Salvo en caso de flagrante delito.».

Materia
Constitución
Artículo o apartado
Artículo 18.2 - Inviolabilidad del domicilio
Dificultad
Básica
Origen
Examen oficial · OEP 2022
Posición en el tema
Pregunta 1 de 173
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