El derecho a la excedencia con reserva de puesto solo puede volver a ejercerse, según el artículo 156.1 de la Ley 5/2023, tras:

  1. ADos años de servicios efectivos desde el final de la anterior.
  2. BDiez años de servicios efectivos desde el inicio de la anterior.
  3. CTres años de servicios efectivos desde la solicitud anterior.
  4. Cinco años de servicios efectivos desde el final de la anterior.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 156.1 dispone que solo puede ejercerse otra vez «una vez transcurridos cinco años de servicios efectivos desde el final de la anterior excedencia».

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, art. 156.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título XI - Situaciones administrativas / Capítulo I - Personal funcionario de carrera». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 156 de Ley 5/2023. Es la pregunta 47 de 74 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción D: «Cinco años de servicios efectivos desde el final de la anterior.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 156 - Excedencia con reserva de puesto
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 47 de 74
Última revisión

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