ConstituciónDificultad: BásicaTemario

El artículo 29.2 de la Constitución establece, respecto al derecho de petición, que los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar:

  1. ANinguna es correcta.
  2. Podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.Respuesta correcta
  3. CPodrán ejercer este derecho sólo colectivamente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.
  4. DNo podrán ejercer el derecho de petición.

Explicación

La opción B es la correcta porque reproduce literalmente el artículo 29.2 de la Constitución Española. Este precepto establece que los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer el derecho de petición únicamente de forma individual y conforme a lo dispuesto en su legislación específica. Por ello, quedan excluidas las peticiones colectivas en este ámbito.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 29.2.

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