ConstituciónDificultad: BásicaTemario

El artículo 21.2 de la Constitución establece que en los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones:

  1. Se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.Respuesta correcta
  2. BNo será necesario comunicarlo a ninguna autoridad salvo que existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
  3. CNo será necesario comunicar tal circunstancia a ninguna autoridad.
  4. DSe dará comunicación previa a la autoridad, cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Explicación

El artículo 21.2 de la Constitución Española establece que en los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. La opción A reproduce literalmente el contenido constitucional.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 21.2.

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