Denunciado el Convenio, ¿en qué plazo máximo debe constituirse la Comisión Negociadora según el artículo 5.3?
- AEn quince días hábiles desde la denuncia.
- En un mes.Respuesta correcta
- CEn dos meses desde la denuncia.
- DEn tres meses desde la denuncia.
Explicación
El artículo 5.3 establece que la Comisión Negociadora «habrá de constituirse en el plazo máximo de un mes, fijando en su primera reunión el calendario de negociaciones».
Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 5.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo I - Ámbito de aplicación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 5.3. Es la pregunta 11 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «En un mes.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 5 - Denuncia, prórroga y revisión
- Normativa
- VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 11 de 12
- Última revisión
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