De acuerdo con el artículo 91.4 de la Ley 5/2023, los puestos ofertados para el ingreso de nuevo personal:

  1. ADeben haberse convocado antes en concurso de méritos sin cubrirse.
  2. BDeben haberse ofrecido antes al personal en expectativa de destino.
  3. No necesitan haber sido convocados antes por concurso de méritos.Respuesta correcta
  4. DNo pueden coincidir con puestos ocupados por personal interino.

Explicación

El artículo 91.4 dispone que «no será necesario que los puestos de trabajo ofertados para ingreso de nuevo personal hayan sido convocados previamente para su provisión por el procedimiento de concurso de méritos».

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, art. 91.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título VIII - Ordenación y planificación del empleo público / Capítulo I - Planificación de recursos humanos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 91 de Ley 5/2023. Es la pregunta 11 de 26 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción C: «No necesitan haber sido convocados antes por concurso de méritos.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 91 - Objeto y contenido
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 26
Última revisión

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