AdministraciónDificultad: MediaTemario
De acuerdo con el artículo 110.4 de la Ley 9/2007, los conflictos negativos de atribuciones se plantearán cuando:
- ALa persona interesada impugne la incompetencia ante el Consejo Consultivo en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
- BEl órgano requerido de inhibición acepte el requerimiento y remita el expediente conforme a lo previsto en esta Ley en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
- CEl Consejo de Gobierno declare de oficio la falta de competencia de ambos órganos en los términos del régimen jurídico aplicable.
- El órgano llamado a conocer de un asunto por otro órgano, que no se considera competente, se considere asimismo incompetente, remitiendo las actuaciones al órgano que deba resolver.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 110.4 tipifica el conflicto negativo cuando el llamado a conocer también se declara incompetente.
Referencia: Artículo 110 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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