¿Cuánto tiempo debe permanecerse en la excedencia voluntaria incentivada según el artículo 157.2 de la Ley 5/2023?

  1. ATres años.
  2. BDos años.
  3. Cinco años.Respuesta correcta
  4. DDiez años.

Explicación

El artículo 157.2 dispone que se concederá a instancia de parte «y en ella se deberá permanecer un período de cinco años».

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, art. 157.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título XI - Situaciones administrativas / Capítulo I - Personal funcionario de carrera». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 157 de Ley 5/2023. Es la pregunta 50 de 74 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción C: «Cinco años.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 157 - Excedencia voluntaria incentivada
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 50 de 74
Última revisión

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