Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

¿Cuándo y dónde debe publicarse el calendario de días inhábiles previsto en el artículo 30.7?

  1. ADentro del primer mes de cada año, en la sede electrónica del órgano.
  2. BAntes del 1 de diciembre del año anterior, en el «Boletín Oficial del Estado».
  3. Antes del comienzo de cada año, en el diario oficial que corresponda.Respuesta correcta
  4. DCon un mes de antelación a cada día inhábil, en el tablón de anuncios.

Explicación

El párrafo segundo del artículo 30.7 exige que el calendario se publique «antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado». La ley no fija como límite el 1 de diciembre, ni admite la publicación ya iniciado el año, ni prevé anuncios día a día en el tablón.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 30.

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