Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 30.1, ¿desde qué momento se cuentan los plazos expresados por horas?

  1. ADesde la primera hora del día hábil siguiente a la notificación o publicación del acto.
  2. BDesde las cero horas del día siguiente a aquel en que se notifique o publique el acto.
  3. CDesde la hora en que el órgano competente haya dictado el acto de que se trate.
  4. Desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto.Respuesta correcta

Explicación

Los plazos por horas «se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate» (artículo 30.1). La regla del día siguiente es propia de los plazos en días, meses o años (artículo 30.3 y 4), y la fecha en que se dicta el acto solo marca el plazo de diez días para cursar la notificación (artículo 40.2).

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 30.

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