Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación, ¿qué plazos puede ampliar la Administración según el artículo 32.4?

  1. Los plazos no vencidos, hasta que se solucione el problema.Respuesta correcta
  2. BLos plazos vencidos durante la incidencia, mediante su reapertura.
  3. CLos plazos de presentación de recursos, pero no los de solicitudes.
  4. DLos plazos de resolución, pero no los otorgados a los interesados.

Explicación

El artículo 32.4 permite a la Administración, «hasta que se solucione el problema», determinar «una ampliación de los plazos no vencidos». No autoriza a reabrir plazos ya vencidos, en coherencia con el artículo 32.3, ni distingue entre clases de plazos; la exclusión de solicitudes y recursos es propia de la tramitación de urgencia del artículo 33.1.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 32.

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