¿Cuándo se realiza el control financiero de los ingresos en forma de control financiero permanente?

  1. Cuando así lo disponga la Intervención General.Respuesta correcta
  2. BCuando lo acuerde el Consejo de Gobierno a propuesta de Hacienda.
  3. CSiempre que los ingresos los gestione una agencia.
  4. DCuando lo solicite la Agencia Tributaria de Andalucía.

Explicación

El artículo 78.2 dispone que se realizará en forma de control financiero permanente «cuando así lo disponga la Intervención General conforme a lo dispuesto en el artículo 94.6 del Texto Refundido», que acordará también las condiciones de ejercicio.

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 78.2 del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo VI - El control financiero del sector público». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 78 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 22 de 29 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Cuando así lo disponga la Intervención General.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 78 - Ámbito subjetivo de aplicación
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 22 de 29
Última revisión

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