Cuando las Entidades Locales no cuenten con suficiente capacidad financiera o técnica para sus registros de personal, el artículo 71.5 del TREBEP prevé que:

  1. ASus registros se integrarán en el de la diputación provincial.
  2. BQuedarán exentas de la obligación de crear un registro.
  3. CLa FEMP gestionará directamente sus registros de personal.
  4. La AGE y las comunidades autónomas cooperarán con ellas.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 71.5 dispone que en ese caso «la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas cooperarán con aquéllas a los efectos contemplados en este artículo».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 71.5.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título V - Ordenación de la actividad profesional / Capítulo I - Planificación de recursos humanos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 71 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 14 de 15 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «La AGE y las comunidades autónomas cooperarán con ellas.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 71 - Registros de personal y Gestión integrada de recursos humanos
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 14 de 15
Última revisión

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