¿Cuál de las siguientes funciones corresponde a la Comisión de Coordinación del Empleo Público según el artículo 100.2 del TREBEP?

  1. Estudiar y analizar los proyectos de legislación básica en materia de empleo público.Respuesta correcta
  2. BAprobar las ofertas de empleo público de todas las Administraciones.
  3. CResolver los recursos contra las convocatorias de procesos selectivos.
  4. DFijar anualmente las retribuciones de los funcionarios estatales.

Explicación

El artículo 100.2.b) atribuye a la Comisión «estudiar y analizar los proyectos de legislación básica en materia de empleo público».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 100.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título VIII - Cooperación entre las Administraciones Públicas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 100 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 4 de 6 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Estudiar y analizar los proyectos de legislación básica en materia de empleo público.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 100 - Órganos de cooperación
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 4 de 6
Última revisión

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