AdministraciónDificultad: MediaTemario

Conforme al artículo 91.2 de la Ley 9/2007, los órganos colegiados con representantes de otras Administraciones u organizaciones representativas ajustarán su organización interna y funcionamiento, además de a esta Ley:

  1. AAl reglamento interno de la Intervención General de la Junta, dejando al margen sus normas reguladoras.
  2. BAl reglamento propio de las agencias de régimen especial, dejando al margen por completo sus normas reguladoras.
  3. CA las instrucciones dictadas por la Secretaría General Técnica, dejando al margen sus normas reguladoras.
  4. A sus normas reguladoras, que podrán completar composición, estructura, elección de cargos, convocatorias, sesiones y adopción de acuerdos.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 91.2 remite la organización interna y el funcionamiento de esos órganos colegiados, además de a esta Ley, a «sus normas reguladoras», que podrán completar composición, estructura, elección de cargos, convocatorias, sesiones y, en su caso, la forma de adoptar acuerdos. Ni el reglamento de la Intervención General, ni el de las agencias de régimen especial, ni las instrucciones de la Secretaría General Técnica sustituyen esas normas reguladoras.

Referencia: Artículo 91 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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