Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 85.1 de la Ley 12/2007, el órgano competente para acordar la iniciación del procedimiento sancionador es:

  1. La persona titular del centro directivo de la Consejería competente por razón de la materia en cuyo ámbito se produzcan los hechos.Respuesta correcta
  2. BLa persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, con independencia de la materia afectada por los hechos.
  3. CLa persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad, previo informe de la Comisión Interdepartamental.
  4. DLa Delegación del Gobierno de la Junta en la provincia en que se produzcan los hechos o conductas tipificadas.

Explicación

El artículo 85.1 atribuye la iniciación a «la persona titular del centro directivo de la Consejería competente por razón de la materia en cuyo ámbito se produzcan los hechos o conductas tipificadas como infracciones en esta ley». Además exige la previa incoación del procedimiento para imponer sanciones.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 85.1.

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