Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 25 bis.2 de la Ley 13/2007, en la formación específica de quienes trabajan con menores en situación de riesgo o desprotección o con autores o víctimas de violencia de género se tendrá en consideración:
- La diversidad de las víctimas, particularmente las que se encuentren en especial situación de vulnerabilidad.Respuesta correcta
- BLa antigüedad de los profesionales y su experiencia previa en los servicios de protección de menores.
- CEl número de casos atendidos por cada profesional durante el ejercicio presupuestario anterior.
- DLa titulación académica de los profesionales, con preferencia de las licenciaturas en psicología.
Explicación
El artículo 25 bis.2 prevé esa formación y añade que «en dicha formación se tendrá en consideración la diversidad de las víctimas, particularmente las que se encuentren en especial situación de vulnerabilidad».
Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 25 bis.2.
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