Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 16 de la Ley 6/2006, el ejercicio de la Presidencia es incompatible con cualquier otra función o actividad pública que no derive de aquélla, salvo:

  1. ALa de Alcalde o Alcaldesa de un municipio andaluz.
  2. BLa de Consejero o Consejera sin cartera de la Junta.
  3. La de Diputado o Diputada en el Parlamento de Andalucía.Respuesta correcta
  4. DLa de miembro del Congreso de los Diputados.

Explicación

El artículo 16 exceptúa expresamente la condición de diputado o diputada en el Parlamento de Andalucía.

Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 16.

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