AdministraciónDificultad: MediaTemario
Conforme al artículo 115.2 de la Ley 9/2007, el recurso potestativo de reposición cabe, con carácter general, contra:
- Los actos que pongan fin a la vía administrativa, salvo que el acto sea resolutorio de un procedimiento de impugnación.Respuesta correcta
- BEl recurso extraordinario de revisión, con carácter potestativo e inmediato.
- CEl recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno, con carácter ordinario.
- DLa reclamación económico-administrativa, con exclusión de la reposición en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
Explicación
El art. 115.2 admite el recurso potestativo de reposición contra actos que ponen fin a la vía administrativa (con la salvedad indicada).
Referencia: Artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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