AdministraciónDificultad: MediaTemario
Conforme al artículo 108.3 de la Ley 9/2007, para la validez de la delegación de firma:
- No será necesaria su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
- BSerá necesaria su publicación en el BOJA, con los mismos efectos que la delegación de competencias.
- CSerá necesaria su publicación en el tablón edictal único del Estado.
- DBastará la comunicación interna a la Intervención General de la Junta de Andalucía.
Explicación
El artículo 108.3 declara innecesaria la publicación en el BOJA para la validez de la delegación de firma (a diferencia de la delegación de competencias del art. 102).
Referencia: Artículo 108 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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