Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 10.2 de la Ley 40/2015, contra el acuerdo de avocación:
- ACabrá recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano avocante en el plazo de un mes.
- No cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que se interponga contra la resolución del procedimiento.Respuesta correcta
- CCabrá recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes.
- DCabrá recurso contencioso-administrativo directo en el plazo de dos meses desde su notificación.
Explicación
El artículo 10.2 establece que contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, sin perjuicio de impugnarlo en el recurso contra la resolución del procedimiento. No abre alzada, reposición ni contencioso directo autónomos.
Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 10.2.
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