Antes de adjudicar un contrato de obras, el artículo 231.1 de la Ley 9/2017 impone como trámite previo:

  1. ALa previa obtención de licencia municipal de obras y de actividad.
  2. La previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del proyecto.Respuesta correcta
  3. CLa previa clasificación del contratista en todos los grupos de obra.
  4. DLa previa redacción de un estudio de viabilidad económico-financiera.

Explicación

El artículo 231.1 dispone que la adjudicación de un contrato de obras requerirá la previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto, que definirá con precisión su objeto.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 231.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO I - Del contrato de obras / Sección 1.ª Actuaciones preparatorias del contrato de obras». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 231 de Ley 9/2017. Es la pregunta 1 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «La previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del proyecto.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 231 - Proyecto de obras
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 10
Última revisión

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