Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Ante una situación de urgencia inaplazable, y sin haberse incoado todavía el expediente, ¿a qué órgano permite el artículo 56.2 acordar medidas provisionales?

  1. AAl órgano que vaya a resolver, previa solicitud de algún interesado.
  2. BAl superior jerárquico del órgano competente para iniciar.
  3. Al órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento.Respuesta correcta
  4. DA cualquier órgano de la Administración actuante, sin motivación.

Explicación

El artículo 56.2 atribuye esta facultad al «órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento», de oficio o a instancia de parte, «en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados», y siempre de forma motivada. La petición de un interesado puede promoverlas, pero no desplaza la competencia a otro órgano, y la ley no la atribuye al superior jerárquico ni a cualquier órgano.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 56.

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