A falta de acuerdo sobre la fecha de apertura, el artículo 34.6 del TREBEP dispone que el proceso de negociación se iniciará:
- AEn el plazo máximo de quince días desde que lo solicite cualquier sindicato presente.
- BEn el plazo máximo de dos meses desde la aprobación de los presupuestos.
- CEn la fecha que fije unilateralmente el órgano de gobierno de la Administración.
- En el plazo máximo de un mes desde que lo promueva la mayoría de una de las partes legitimadas.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 34.6 establece que, a falta de acuerdo, «el proceso se iniciará en el plazo máximo de un mes desde que la mayoría de una de las partes legitimadas lo promueva, salvo que existan causas legales o pactadas que lo impidan».
Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 34.6.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo IV - Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 34 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 27 de 100 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «En el plazo máximo de un mes desde que lo promueva la mayoría de una de las partes legitimadas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 34 - Mesas de Negociación
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 27 de 100
- Última revisión
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