Una vez en vigor el Presupuesto del ejercicio siguiente, ¿qué informe exige el artículo 40 bis.4.b) antes de adquirir el compromiso en un expediente de tramitación anticipada?
- AUn informe de la Intervención General de que el gasto se ajusta a los límites de la primera anualidad futura.
- BUn informe de la Dirección General de Presupuestos de que existe crédito disponible en el nuevo Presupuesto.
- Un informe de los órganos proponentes de que las actuaciones conservan su validez por subsistir las mismas circunstancias.Respuesta correcta
- DUn informe del Gabinete Jurídico sobre la validez de los pliegos aprobados en el ejercicio anterior.
Explicación
El artículo 40 bis.4.b) exige que «por los órganos que en su momento hubieran efectuado la propuesta se emitirá informe en el que se hará constar que las actuaciones practicadas conservan plenamente su validez, por subsistir las mismas circunstancias de hecho y de Derecho». El informe lo emite el órgano proponente, no la Intervención General, la Dirección General de Presupuestos ni el Gabinete Jurídico.
Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 40 bis.4.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título II - Del Presupuesto / Capítulo II - Los créditos y sus modificaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 40 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 49 de 89 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción C: «Un informe de los órganos proponentes de que las actuaciones conservan su validez por subsistir las mismas circunstancias.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Hacienda / Financiero
- Artículo o apartado
- Artículo 40 bis - Gastos de tramitación anticipada
- Dificultad
- Avanzada
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 49 de 89
- Última revisión
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