Suspendido el control financiero por apreciarse causas de devolución distintas de las del artículo 37, ¿cuándo finaliza la suspensión si el órgano gestor no comunica medidas, según el artículo 49.4 de la Ley 38/2003?

  1. ATranscurridos seis meses desde el acuerdo de suspensión.
  2. BTranscurrido un mes desde la notificación de la suspensión.
  3. Transcurridos tres meses desde el acuerdo de suspensión.Respuesta correcta
  4. DTranscurridos dos meses desde la comunicación de los hechos.

Explicación

El artículo 49.4.b) dispone que la suspensión finaliza «si, transcurridos tres meses desde el acuerdo de suspensión, no se hubiera comunicado la adopción de medidas por parte del órgano gestor».

Referencia: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 49.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Subvenciones», dentro del tema «Título III - Del control financiero de subvenciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 49 de Ley 38/2003. Es la pregunta 8 de 14 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción C: «Transcurridos tres meses desde el acuerdo de suspensión.».

Materia
Subvenciones
Artículo o apartado
Artículo 49 - Del procedimiento de control financiero
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 14
Última revisión

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