Si una ley no dispone otra cosa, ¿cuándo entra en vigor según el artículo 2.1 del Código Civil?

  1. AAl día siguiente de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
  2. A los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».Respuesta correcta
  3. CA los quince días de su sanción y promulgación por el Rey.
  4. DAl mes de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Explicación

El artículo 2.1 establece que «las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa».

Referencia: Código Civil, art. 2.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Código Civil», dentro del tema «Título PRELIMINAR - De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia / Capítulo II - Aplicación de las normas jurídicas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 2 de Código Civil. Es la pregunta 1 de 6 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «A los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».».

Artículo o apartado
Artículo 2 - Eficacia general de las normas
Normativa
Código Civil
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 6
Última revisión

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