Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

Si la normativa reguladora de la iniciativa legislativa o de la potestad reglamentaria prevé la tramitación urgente, el artículo 133.4 de la Ley 39/2015 dispone que la eventual excepción del trámite:

  1. Se ajustará a lo previsto en aquella normativa reguladora.Respuesta correcta
  2. BQuedará prohibida en todos los supuestos de tramitación urgente de la norma.
  3. CRequerirá la autorización del Congreso de los Diputados antes de omitir el trámite.
  4. DSe acordará por el órgano consultivo autonómico con carácter vinculante.

Explicación

El artículo 133.4 remite la excepción por urgencia a «lo previsto en aquella» normativa reguladora de la iniciativa o de la potestad reglamentaria. No la prohíbe, ni exige autorización parlamentaria ni acuerdo del órgano consultivo.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 133.

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