Si la entidad garante es declarada en concurso de acreedores, ¿en qué plazo debe el obligado constituir nueva garantía, según el artículo 87.6?

  1. ADiez días desde que la Caja se lo requiera.
  2. BQuince días desde la publicación del auto de concurso.
  3. Un mes desde que se produjo la incidencia.Respuesta correcta
  4. DDos meses desde la comunicación del órgano beneficiario.

Explicación

El artículo 87.6 dispone que el obligado «deberá constituir nueva garantía en el plazo de un mes desde la fecha en que se haya producido la incidencia». El órgano a cuyo favor está constituida debe comunicar a la Caja las incidencias en no más de dos días.

Referencia: Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, art. 87.6 del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título V - Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 87 de Decreto 197/2021. Es la pregunta 8 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Un mes desde que se produjo la incidencia.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 87 - Constitución de las garantías
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 13
Última revisión

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