Según la disposición final primera del Decreto 204/1995, ¿a quién se faculta para dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo y aplicación?
- A la Consejería de Gobernación.Respuesta correcta
- BAl Consejo de Gobierno.
- CA la Inspección General de Servicios.
- DA la Consejería de la Presidencia.
Explicación
La disposición final primera dispone: «Se faculta a la Consejería de Gobernación para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto». La referencia se entiende hoy hecha a la Consejería competente en Administración Pública.
Referencia: Decreto 204/1995 de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, disposición final primera.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Relaciones con la ciudadanía», dentro del tema «Disposiciones finales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Decreto 204/1995. Es la pregunta 1 de 4 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «A la Consejería de Gobernación.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Relaciones con la ciudadanía
- Artículo o apartado
- Disposición final primera - Normas de desarrollo
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 4
- Última revisión
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