AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, tienen la consideración de Administración institucional las entidades públicas vinculadas con personalidad jurídica propia a las que se les reconozca expresamente por ley:

  1. ADependencia jerárquica directa de la Intervención General de la Junta de Andalucía.
  2. Independencia funcional o un especial régimen de autonomía respecto de la Administración de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
  3. CPersonalidad jurídica privada y objeto mercantil propio del sector privado en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
  4. DAdscripción obligatoria a una agencia pública empresarial de libre mercado.

Explicación

La DA 2.ª atribuye la consideración de Administración institucional a entidades con personalidad jurídica propia a las que una ley reconozca independencia funcional o especial autonomía; se regulan por su normativa específica y, supletoriamente, por el régimen de agencias que corresponda.

Referencia: Disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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