Según la Constitución Española, no podrá iniciarse la reforma constitucional:

  1. ADurante el año siguiente a la celebración de elecciones generales.
  2. BMientras esté en funciones el Gobierno tras unas elecciones.
  3. CDurante la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado.
  4. En tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados del artículo 116.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 169 dispone que no podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 169.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título X - De la reforma constitucional». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 169 de Constitución Española. Es la pregunta 10 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «En tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados del artículo 116.».

Artículo o apartado
Artículo 169 - Límites temporales a la reforma
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 10 de 10
Última revisión

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