Según el artículo 71.d), es infracción muy grave la reincidencia en la comisión de más de una infracción grave en el término de:

  1. ADos años, declarada por resolución firme.
  2. BSeis meses, declarada por sentencia firme.
  3. Un año, declarada por resolución firme.Respuesta correcta
  4. DTres años, aunque no haya resolución firme.

Explicación

El artículo 71.d) tipifica como muy grave la reincidencia en la comisión de más de una infracción grave en el término de un año cuando así haya sido declarado por resolución firme.

Referencia: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, art. 71.d.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título VI - Régimen sancionador». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 71 de Ley 7/2011. Es la pregunta 8 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Un año, declarada por resolución firme.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 71 - Infracciones muy graves
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 32
Última revisión

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