AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 60.5 de la Ley 9/2007, la integración del personal por extinción:

  1. AObliga a incrementar de forma automática la masa salarial preexistente en la agencia extinguida.
  2. No supone, por sí misma, la atribución de la condición de funcionario al personal laboral propio de la agencia extinguida.Respuesta correcta
  3. CConvierte de forma automática al personal laboral propio en funcionario de carrera de la Junta.
  4. DSuprime los derechos laborales preexistentes del personal laboral propio afectado por la extinción.

Explicación

El artículo 60.5 niega expresamente que la integración del personal «suponga, por sí misma, la atribución de la condición de funcionario al personal laboral propio» de la agencia extinguida. Tampoco convierte automáticamente en funcionario de carrera, ni suprime derechos laborales, ni obliga a incrementar la masa salarial (el propio apartado prohíbe ese incremento).

Referencia: Artículo 60 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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