Según el artículo 55.2, ¿qué documentos deben acompañar a las órdenes de pago libradas con cargo al Presupuesto?

  1. ALos que acrediten que el acreedor está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Junta.
  2. Los que acrediten la realización de la prestación o el derecho del acreedor, conforme a los acuerdos de autorización y compromiso.Respuesta correcta
  3. CEl informe de fiscalización favorable de la Cámara de Cuentas y la propuesta de pago de la Consejería.
  4. DEl certificado de existencia de crédito y la resolución de aprobación del gasto plurianual.

Explicación

El artículo 55.2 exige que acompañen a las órdenes de pago «los documentos que acrediten la realización de la prestación o el derecho de la persona o entidad acreedora, de conformidad con los acuerdos que en su día autorizaron y comprometieron el gasto». Si no pueden acompañarse en ese momento, la orden tiene el carácter de «a justificar» (art. 56.1). La Cámara de Cuentas no fiscaliza pagos concretos.

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 55.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título II - Del Presupuesto / Capítulo III - Ejecución y liquidación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 55 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 35 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «Los que acrediten la realización de la prestación o el derecho del acreedor, conforme a los acuerdos de autorización y compromiso.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 55 - Expedición de las órdenes de pago
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 35 de 40
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